Por Fausto OvalleFausov@gmail.com
El gobierno del Estado y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) son selectivos en el otorgamiento de las autorizaciones para construir plantas regasificadoras en las costas de Baja California.Las empresas beneficiadas por los criterios ambiguos de las autoridades estatales y federales son Sempra Energy y Shell, con proyectos en Ensenada, y Chevron Texaco, terminal que estará ubicada frente a las playas de Rosarito y Tijuana.
Las compañías transnacionales que tuvieron problemas para obtener las autorizaciones del gobierno federal y de Baja California son El Paso Energy y Moss Maritime, ambas con intenciones de instalarse en Playas de Rosarito.Las diferencias de criterios están plasmadas en los Manifiestos de Impacto Ambiental (MIA) de las cinco transnacionales que buscan operar terminales de regasificación de gas natural licuado.La dependencia federal y el gobierno del Estado aplican de manera distintiva a cada uno de los proyectos el Programa Regional de Desarrollo Urbano, Turístico y Ecológico del Corredor Costero Tijuana, Rosarito y Ensenada (Cocotren).
El caso El Paso EnergyEl caso del proyecto rechazado de la empresa El Paso Energy es un ejemplo de la distinción de criterios que han realizado las autoridades federales entre las diferentes compañías que proyectan terminales de gas natural licuado.En diciembre de 2001, la transnacional presentó a la dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental el MIA para instalar una planta regasificadora en Playas de Rosarito, a un costado de las instalaciones de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Pemex.Dentro de las once observaciones que realizó la dirección de Ecología del Estado en el proyecto de El Paso, para rechazar su Manifiesto de Impacto Ambiental, estuvo la aplicación del programa del Cocotren.
De acuerdo al MIA, del cual INDABA tiene copia, el gobierno del Estado señala que en materia de congruencia con las disposiciones sobre el uso de suelo el proyecto de la empresa está ubicado en una unidad de gestión ambiental de Rosarito, cuya política es de aprovechamiento con impulso urbano.
Las observaciones de las autoridades de la entidad sirvieron para que la Semarnat rechazara el proyecto de la compañía El Paso y les fuera notificado en mayo de 2002.En el resolutivo del documento, la dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la dependencia federal aceptó las observaciones del Estado y negó la realización del proyecto “Terminal de gas natural licuado de Rosarito”, promovido por la empresa El Paso Energy, de conformidad con los argumentos descritos en los considerandos.
Caso contrario ocurrió con el Manifiesto de Impacto Ambiental de la compañía Moss Maritime, donde la dirección de Ecología del Estado no aceptó el proyecto, pero la Semarnat hizo caso omiso de sus observaciones.
Caso Moss MaritimeEn abril de este año, la empresa Moss Maritime recibió la autorización de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para instalar otra planta regasificadora de gas natural licuado en las costas de Baja California.La planta estará ubicada a 8.5 kilómetros mar adentro de las costas de Playas de Rosarito, frente a las instalaciones de Pemex. Sin embargo, el gobierno del Estado rechazó la terminal, por la instalación de una reguladora del gasoducto que conectará a tierra, ya que el “Cocotren indica que el sitio propuesto para el desarrollo del proyecto se encuentra en una zona cuya política para desarrollo urbano es de uso condicionado, establecida como reserva intraurbana de uso habitacional de alta densidad”.
“Consecuentemente una actividad catalogada como de altamente riesgosa, al desarrollarse en una zona no compatible con los usos de suelo establecidos, conllevará al incumplimiento de los planes y programas a los que debe sujetarse”, establece la copia del MIA.En su resolutivo, en esta ocasión la dependencia federal, a través de la dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, hizo caso omiso de las observaciones de las autoridades estatales.
La Semarnat considera que la terminal de Moss Maritime no representa un incremento de riesgo ambiental con relación a la infraestructura existente, como son las instalaciones de Pemex y CFE.“Además”, continúa, “el proyecto se establecerá en una zona urbana y no propiamente en un parque industrial que reúna las características señaladas”.
Sempra Energy y ShellEl mismo trato distintivo en la aplicación de la normatividad federal y estatal está plasmado en los documentos de plantas regasificadoras de Sempra Energy y Shell, las cuales decidieron asociarse en un sólo proyecto, que está localizado a 23 kilómetros al norte de Ensenada, en la zona conocida como Costa Azul.
En este proyecto, las autoridades de Baja California y la Semarnat no tuvieron diferencias en aprobar el Manifiesto de Impacto Ambiental, ni en utilizar el Programa del Cocotren como obstáculo.
El MIA de la propuesta de Sempra, de la que también se tiene copia, establece que el Cocotren es compatible con las plantas regasificadoras en la zona elegida por la transnacional.Detalla que la Salina Terraza y Salsipuedes, donde se realiza la construcción de la terminal, permite el desarrollo de infraestructura regional y específicamente el depósito de energéticos.
Sin embargo, el informe sobre la instalación de plantas regasificadoras en el Corredor Costero Tijuana-Rosarito-Ensenada, redactado por el ex diputado Ismael Quintero Peña, durante su gestión en la XVII Legislatura, establece que el corredor imposibilita que Sempra Energy pueda construir una planta GNL en la zona de Costa Azul de Ensenada. Señala que el Cocotren sólo permite que se desarrollen en esta zona actividades primarias (agrícola, pecuaria, pesquera y silvícola) y terciarias (turismo, comercio y servicios); y evita las actividades secundarias (industria). Para argumentar que la planta de Sempra Energy tendrá una actividad industrial, Quintero Peña cita el Plan de Ordenamiento Ecológico del Estado y el Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Dicho plan establece que el sector secundario se conforma por las industrias de extracción, generación de energía y de la transformación. Añade que el reglamento citado indica que la construcción de centros de almacenamiento o distribución de hidrocarburos requiere de previsiones por ser actividades altamente riesgosas.
En el caso de Sempra, como en el Chevron, las autoridades estatales no hicieron referencia del programa del Cocotren y permitieron que las autoridades federales aprobaran el MIA, que es considerado el documento más importante para construir una regasificadora.
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